05 enero 2010

Fundamentos masónicos: ¿votar o no votar?

Queridos Hermanos todos:

Retomando este nuevo año 6010 (avL) con nuevas energías, quisiéramos participaros de varias cuestiones, para vuestra fraternal consideración.
  1. La Francmasonería sólo tiene tres activos. Y el primero de ellos es la Fraternidad.
  2. En Francmasonería no existe la abstención. Prueba de ello es que cuando en Logia los Hermanos deben votar alguna cuestión de relevancia mediante balotaje, sólo existen las bolas blancas y las bolas negras; no existen las bolas transparentes. Cuando un Hermano tiene el derecho de votar (es decir, es miembro activo de la Logia y no un visitante) debe votar la cuestión que se le plantea. Y si, por ejemplo, de lo que se trata es de votar un acta de una Tenida a la que no se pudo asistir, debe recordar el primer punto aquí enunciado y con su fraternidad dar el voto de confianza al Hermano Secretario que levantó acta. Esto es lo que yo, humildemente, he aprendido de mis Maestros; y así lo repito.
  3. Así pues, ante la postura que han adoptado algunos Hermanos frente a las próximas elecciones a la Gran Maestría no me queda otra alternativa que recordar, de nuevo, que esto NO es el mundo profano. Aquí no tienen lugar las maniobras torticeras y los boicots. Los descontentos deben reflexionar y recordar la primera vez que entraron en la cámara de reflexiones (si es que alguna vez han estado en ella). Todos los M.I., en posesión de sus derechos masónicos, están en la obligación de emitir su voto por todos aquellos Hermanos que son Masones y no pueden hacerlo.
  4. Las razones expuestas para pedir la abstención son las propias del mundo profano. En suma: "como no está el candidato que yo quería... pues nada, no voto y punto. Total los dos son lo mismo". No Hermanos, ¡no todo es lo mismo! Y como muestra os expongo, a continuación, el escrito que hemos recibido del Querido Hermano MMC (y otros) para que vosotros mismos valoréis si JCD y OAO son la misma opción. Todos los Hermanos M.I. son muy libres, y así debe ser, de votar a quien mejor consideren por el bien de la Francmasonería Universal y de la GLE en particular. En nuestras manos están el mazo y el cincel con los que transformar la piedra bruta en piedra cúbica. Nunca un verdadero Masón dejará de lado sus herramientas, sus trabajos y sus obligaciones. Y quien así lo hiciere se ha equivocado entrando en nuestra Orden Iniciática.

Recibid todos un T.·.A.·.F.·.
Rasputín (y sus Hermanos).

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Queridos Hermanos:

El riguroso cumplimiento de la obligación impuesta por el Decreto 95 (Anexo núm. 1), ha supuesto en los 27 años de vida activa de la Gran Logia de España unos ingresos de más de UN MILLÓN DE EUROS, a razón de 150,25€ por cada uno de sus miembros. Según el mismo Decreto 95, estas cantidades fueron recibidas en concepto de préstamo, sin intereses, y serían devueltas por la G.L.E., a los diez años de su entrega, a cada uno de sus miembros.

De conformidad con lo decretado, tres Hermanos procedimos durante el presente año, a reclamar la devolución de estos préstamos, sin que en ningún momento los responsables de las finanzas de nuestra Institución,- Gran Tesorero, Gran Maestro y Gran Secretario - ni el representante de la Ley masónica,- Gran Orador - se dignaran responder a los innumerables escritos, faxes y mensajes enviados.

Ante este nada fraternal comportamiento, tan alejado de nuestros postulados, nos vimos forzados a interponer demanda ante la Justicia profana, la cual, por sentencia de 1 de Diciembre (Anexo núm. 2), condena a la Gran Logia de España a devolvernos la cantidad principal, incrementada por los intereses devengados desde la fecha de reclamación.

En la vista del juicio, el actual Gran Maestro, JCD, se opuso a esta reclamación y utilizó todos los argumentos a su alcance, -llegando incluso a faltar reiteradas veces a la verdad-, para intentar demostrar, sin éxito, que los reclamantes carecían de derecho alguno a recuperar su dinero, negando, la vigencia del Decreto 95 o que son las Respetables Logias las que siempre han recibido los importes que abonan los miembros por Derechos, Capitaciones y Tasas. Para sorpresa de todos, el Juzgado ha recibido notificación oficial de la G.L.E., con su intención de apelar la sentencia.

La demanda, realizada mediante un procedimiento legal que no supone costas ni para los reclamantes ni para la GLE, podía haberse evitado, al igual que otros actos judicializados, de no ser por el empecinamiento de nuestros actuales responsables, que han preferido mermar nuestro ya exiguo patrimonio abonando los honorarios de un afamado Despacho de Abogados – más de 160.000 € durante el pasado año - a resolver nuestros asuntos internos mediante una gestión fraternal que hubiera hecho innecesario ese injustificable dispendio. Sin embargo, se prefiere hacer este desembolso a utilizar ese mismo dinero para otros fines que nos son propios.

Ante ésta más que lamentable situación, reafirmamos nuestra opinión de que el actual Equipo de Gobierno de la GLE no está capacitado para la utilización adecuada de estos importes que todos hemos prestado al Fondo Inmobiliario. Por ello recomendamos a todos los HH. que tengan una antigüedad mayor a 10 años, o cuando la alcancen, ejerzan su justa reclamación para conseguir la devolución o lo compensen con otros pagos que mensual o anualmente hacen a la Tesorería de la GLE.

Fraternalmente, MMC, MCB y RMZ.

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