30 septiembre 2008

Pausa reflexiva

Queridos Hermanos todos:

Como ya se enunció en el momento de la creación de esta bitácora, el objetivo de la misma es ayudarnos, entre todos los Francmasones de bien, a pensar en nuestra maltrecha y amada Institución Masónica (también conocida como GLE).

Este quiere ser un foro de discusión en positivo, en donde podamos intercambiar ideas que nos ayuden a mejorar, a ver con mayor claridad la Luz y que nos ayude en nuestros trabajos cotidianos de perfeccionamiento de la Orden.

No hemos tenido necesidad (con alguna salvedad) de practicar censura sobre la mayoría de los comentarios que nos aportáis. Sin embargo, observamos con preocupación y decepción el bajo nivel intelectual en muchos de los contenidos que últimamente se escriben.

Este no es un foro para aliearse a favor o en contra de uno u otro Hermano (incluido el MRGM). Poco haríamos por la Orden si fuera así. Estamos seguros que se pueden aportar buenas ideas para mejorar nuestra Institución, nuestra Constitución y los Reglamentos Generales que nos gobiernan.

Si sólo estamos pendientes de quien ocupa, en un momento determinado, la silla del Rey Salomón en la GLE, lo cierto es que desaprovechamos un tiempo precioso que deberíamos dedicar a trabajar en pro de la Francmasonería Española y de sus Logias. Y, la verdad, la impresión que da (sobre todo a los Hermanos más jóvenes que nos leen) es que se quiere quitar a unos Hermanos para, simplemente, ponerse otros en su lugar.

Hermanos. Todo lo que aquí se está escribiendo sobre nuestra normativa configura un archivo que podrá ser consultado y revisado, en el futuro, cuando corresponda, para ayudarnos a actualizar y modernizar los citados Estatutos y Reglamentos. Estos temas hay que trabajarlos con tiempo y no hacerlo con prisas de última hora (defecto latino y mediterraneo muy habitual).

Así pues, os conmino a retomar el tiempo del trabajo y a evitar, en la medida de lo posible, el tipo de comentarios supérfluos, vanales e, incluso, estúpidos, que no llevan a ningún sitio más allá de la propia estupidez de quien los escribe.

Libertad, Igualdad, Fraternidad.

Rasputín y sus Hermanos.

22 septiembre 2008

Por una nueva Constitución en la GLE: artículo 8º.

Artículo 8. De la estructura administrativa.

La Gran Logia de España está constituida por las Logias y estructurada por las Grandes Logias Provinciales y los órganos de dirección y gobierno.

(El artículo está copiado literalmente, salvo las erratas de tipo gramatical, ortográfico y/o lingüístico, las cuales aprovechamos para corregir).

15 septiembre 2008

Por una nueva Constitución en la GLE: artículo 7º (deberes).

Artículo 7. De los derechos y deberes de los Francmasones de la Gran Logia de España.

Deberes:


  • Todo Masón debe acatamiento y obediencia al Jefe del Estado, a su legítimo gobierno, a sus leyes y a sus autoridades .

  • Todo Masón debe acatar y cumplir lo dispuesto en la Constitución y en los Reglamentos Generales de la Gran Logia de España.

  • Todo Masón debe acatar y respetar las decisiones del Gran Maestro de la Gran Logia de España, así como las instrucciones, reglas y enseñanzas de aquellos oficiales de más elevado grado o condición en la Orden.

  • Todo Masón respetará a sus Hermanos y compartirá con ellos sus conocimientos, salvaguardando siempre los secretos de su grado.

  • Todo Masón debe asistir regularmente a las reuniones a las que sea formalmente convocado.

  • Todo Masón debe contribuir al sostenimiento de la Gran Logia de España, satisfaciendo puntualmente las aportaciones que establezcan los órganos competentes.
(El artículo está copiado literalmente, salvo las erratas de tipo gramatical, ortográfico y/o lingüístico, las cuales aprovechamos para corregir).

08 septiembre 2008

Por una nueva Constitución en la GLE: artículo 7º (derechos).

Artículo 7. De los derechos y deberes de los Francmasones de la Gran Logia de España.

Derechos:
  • Los Francmasones Antiguos, Libres y Aceptados, como tales, tienen derecho a votar en cuantas cuestiones correspondan a su Grado.

  • Tienen derecho a asistir a todas las ceremonias que celebre su Logia en su Grado Masónico.

  • Tienen derecho a recibir las instrucciones y enseñanzas masónicas pertinentes, sin límite alguno, atendiendo a las llamadas al trabajo, cuando hayan sido debidamente convocados.

  • Tienen la calidad de elegible para cualquier responsabilidad masónica, siempre que reúnan las cualidades y condiciones requeridas.

  • Tienen derecho a acceder a todas las instancias de la Justicia Masónica reflejadas en la Constitución y en los Reglamentos Generales.

  • Tienen derecho a pedir al Gran Maestro el derecho de gracia, cuando se hayan agotado todas las instancias jurisdiccionales.

  • Recibirán, cuando lo soliciten, un certificado de retiro, si han cumplido previamente con todas sus obligaciones masónicas.

  • Todo Maestro Masón tiene derecho a doble afiliación, conforme quede desarrollado en los Reglamentos Generales.

  • Los Francmasones son libres de dar a conocer o silenciar su condición de tal, salvo los comprometidos por razón de su Oficio Masónico; pero les está prohibido revelar la de sus Hermanos.
(El artículo está copiado literalmente, salvo las erratas de tipo gramatical, ortográfico y/o lingüístico, las cuales aprovechamos para corregir).