A La Gloria del G.·.A.·.D.·.U.·.
Queridos Hermanos todos:
En el año 2.003 en la ciudad de Carrión de los Condes y durante una semana Santa, elaboré el presente Proyecto al que di el nombre de “Jovellanos” en recuerdo de una gran intelectual de mi tierra y pueblo del que se dice fue Francmasón.
Era un programa de gobierno que debía desarrollarse en los siguientes cuatro años, e incluía un proyecto constitucional que debía ser presentado a discusión de mi logia , de acuerdo con las normas de proceso constituyente entonces establecidas , pero se presentó y mi logia ni siquiera llegó a discutirlo.
No he quitado ni cambiado ni una sola palabra de lo que escribí hace cinco años, salvo mi nombre y el nombre de la Logia en la que presenté el proyecto abortado, y lo acompaño como símbolo y esperanza de volver a la situación de proceso constituyente de hace cinco años, pero es evidente que el documento que se presenta, con todas las limitaciones, en la fecha en la que estamos, solo es un documento de trabajo, no una propuesta, puede estar desfasado o incluso equivocado en alguno de los planteamientos, pero también es evidente que existe y que puede servir para empezar a hablar.
En aquellos momentos mi prioridad era la adaptación de la constitución a la legislación del estado, democratizar la GLE y plantear la reivindicación patrimonial a partir de la creación de una logia de Juristas, y una estructura económica moderna., creo que las prioridades, además de la limitación de los poderes del Gran Maestro, siguen siendo las mismas.
Como sabéis el proyecto constitucional entonces presentado fue rechazado por la Gran Asamblea, y nos metimos una vez más en otro túnel.
En esta batalla , obligada a realizar desde el exilio, como Jovellanos marcho al exilio también en el momento de su muerte escapando de Napoleón Bonaparte y la invasión imperial , quiero trasmitir a los hermanos del interior a todos vosotros solamente un mensaje, hay materia de reflexión, y eso lo pongo a disposición de todos, ya queda en vuestra mano en estos dos meses forzar el momento final de quien ha sido definido de muchas maneras menos como un buen Gran Maestro, para abrir paso a unas elecciones y al comienzo del debate de la esperanza.
Ahora es otro quien se ve obligado a resistir, pero aun no está conseguido el fin de este periodo oscuro, sin embargo quiero ir exponiendo al debate de todos, esta aportación personal con el ruego de que cesen los ataques, cesen las terceras y cuartas y quintas vías, sólo elecciones ¡ya! y los que están fuera que vuelvan a su casa, si ese es su deseo.
Gaspar Melchor de Jovellanos.
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PLAN DE ACTUACION INSTITUCIONAL PARA LA G.·.L.·.E.·.
"PLAN JOVELLANOS"
PROGRAMA:
REFORMA Y REGENERACION PARA EL SIGLO XXI
PROYECTOS:
I.-DE PROGRAMA CONSTITUYENTE
“PONENCIA JOVELLANOS”
II.-DE LOGIA DE JURISTAS.:
“AMIGOS DE JOVELLANOS”
III.-DE EJECUCIÓN INSTITUCIONAL.
”CASTELL DE BELLVER”
IV.-DE EJECUCIÓN ECONOMICA.
” PLAN GENERAL DE MEJORAS”
Abril 2.003 E.V.
ENMIENDA A LA TOTALIDAD del DOCUMENTO “PROPUESTA DE REFORMA CONSTITUCIONAL DE LA GRAN COMISION CONSTITUCIONAL Y DE JURISPRUDENCIA” de la GRAN LOGIA DE ESPAÑA, para ser sometido a debate de la “Respetable Logia …………..
Nombre del Documento: "PONENCIA JOVELLANOS"
Terminado en “El monasterio de San Zoilo”, Camino Palentino de Santiago, de Carrión de los Condes, en el diecinueve día del mes de Abril del año 2.003. E.V.
Autor:
M.M.
A la GLORIA DEL G.·.A.·.D.·.U.·.
El presente documento, es una propuesta sobre la Constitución de la Gran Logia de España, basado en los siguientes puntos fundamentales.:
1.-La modernización de los textos legales masónicos y su adaptación a la normalidad democrática de los textos de organizaciones o asociaciones sometidas al mismo marco legal de la Constitución Española de 27 de Diciembre de 1.978 y la Ley de Asociaciones 1 / 2.002 de 22 de Marzo.
2.-La integración del espíritu y terminología tradicional de la Masonería Internacional con la nomenclatura e instituciones legales asociativas vigentes en la sociedad civil.
3.-La presentación de una Constitución que pueda ser comprensible para terceros lectores no masones ya sean ciudadanos o jueces profanos y que resulte así mismo atrayente.
4.-La reivindicación de la continuidad historia de la Masonería Española en el seno de la GRAN LOGIA DE ESPAÑA, y su vocación de reclamación del patrimonio moral y económico de la Masonería histórica Española.
5.-La definición de los fines y de las Actividades de la Gran Logia de España en las líneas de trabajo ritual que le son propias y con la finalidad masónica que la diferencia de otras asociaciones, pero también en las líneas de intervención en los intereses que preocupan a los ciudadanos en plano de igualdad con otras asociaciones u O.N.G carentes del contenido diferenciador que le es propio a la masonería.
La idea de que a pesar de considerar un error político perjudicial para la GRAN LOGIA DE ESPAÑA, someter a un proceso constituyente, en estos momentos a la Institución, es la obligación de todos y la mejor y mas leal opción para con el actual Muy Respetable Gran Maestro, plantear un documento sistemático único e integro, en el que figuren el mayor numero de temas para discusión, a unir , con espíritu constructivo, a los temas planteados con su Buen hacer , en el texto elaborado, por los Q.:H.: de la “COMISION CONSTITUCIONAL Y DE JURISPRUDENCIA “. A efectos de diferenciación respecto del Texto de la Comisión se le ha denominado “PONENCIA JOVELLANOS” ,en homenaje también a una figura tan identificada con la masonería como el Ilustrado Asturiano D. Gaspar Melchor de Jovellanos, escritor , jurista, autor de textos de debate y gobierno y Ministro de Justicia.
Cualquier debate constructivo contribuirá para que la el texto definitivo que se apruebe sea el mas amplio y exacto posible a la Institución para el siglo XXI, y para dejar testimonio histórico de que la institución ha planteado un debate en profundidad sobre su futuro.
La relación de la “Ponencia Jovellanos” con el Proyecto de la comisión Constitucional es de oposición salvo en aquellos extremos en que exista coincidencia de fondo o de forma entre ambos documentos.
6.-La Consagración del principio democrático, bajo la premisa de un Masón un voto, cualquiera que sea su grado iniciatico, cuya expresión institucional es la Asamblea General, que se denomina LA GRAN ASAMBLEA DE LA GRAN LOGIA DE ESPAÑA.
7.-La idea de que la Soberanía de la Gran Logia de España no está en las logias, sino en los masones reunidos en la GRAN ASAMBLEA que la ejercitará de acuerdo a principios democráticos de votación igualitaria.
8.-La consideración de que el Poder Legislativo de la Asociación recae en la GRAN ASAMBLEA DE LA GRAN LOGIA DE ESPAÑA.
9.-La consideración de que el Poder Ejecutivo recae en el CONSEJO RECTOR, al que se dota de 33 miembros, y que el GRAN MAESTRO DE LA GRAN LOGIA DE ESPAÑA es su presidente, elegido democráticamente, al igual que el resto de los miembros del CONSEJO RECTOR por la GRAN ASAMBLEA y sujetos a su control.
10.-La consideración de que el Muy Respetable Gran Maestro de la Gran Logia de España puede dotarse de un consejo consultivo.
11.-La idea de que los GRANDES MAESTROS PROVINCIALES son delegados y mandatarios del CONSEJO RECTOR, y cargos de confianza que no precisan de consulta alguna para su nombramiento. EL GRAN MAESTRO PROVINCIAL podrá nombrar los oficiales que estime oportunos dentro de la demarcación de su territorio salvo el Gran Orador que debido a que integrará un órgano de la comisión de Justicia Masónica será elegido por la GRAN ASAMBLEA PROVINCIAL. El resto de los miembros necesarios para la celebración de la Gran Asamblea Provincial no precisarán mas que de nombramiento ad hoc para cada asamblea, con esto se atiende también a la idea de reducir el numero de grandes oficiales provinciales permitiendo así una mejor autonomía en otros órganos al evitar la duplicidad de nombramientos y una mayor simplificación administrativa.
12.-La idea de que las GRANDES LOGIAS PROVINCIALES son entes administrativas de conexión entre las logias y la Gran Logia de España, por lo que carecen de soberanía propia salvo para aspectos administrativos vinculados con las cuentas de la Gran Logia de España.
13.-La consideración de una COMISION DE JUSTICIA MASÓNICA como depositaria del poder Judicial de la Asociación, y con jurisdicción, Civil, sancionatoria y constitucional, que alcance dividida territorialmente y en secciones , e instancias, cuyas decisiones permiten recurso ultimo ante la Gran Asamblea de la Gran Logia de España, y dividida en secciones independientes.
14.-La necesidad de desarrollos reglamentarios de esta constitución.
15.-La consideración de las logias como entidades básicas no dotadas de personalidad Jurídica pero capacitadas para utilizar su nombre como colectivo de personas en el ejercicio de programas hacia el mundo profano aprobados por el GRAN MAESTRO PROVINCIAL y sujetas a las actividades y fines establecidos en la Constitución.
16.-La consideración de la GRAN LOGIA DE ESPAÑA como instrumento para que el Mason se integre en la cadena general de la masonería regular universal.
PROYECTO DE ESTATUTOS: “PONENCIA JOVELLANOS”
GRAN LOGIA DE ESPAÑA
Adaptados a la Ley Organica 1 / 2.002 de 22 de Marzo , reguladora del Derecho de Asociación reconocido en el artículo 22 de la Constitución Española de 27 de Diciembre de 1.978
PREÁMBULO.
La Asamblea de Masones que integran la Gran Logia de España, asociación constituida legalmente por resolución administrativa de fecha 16 de Octubre de 1.980, numero de inscripción en el Registro de Asociaciones 37.256, deseando establecer la libertad, igualdad, fraternidad y justicia entre sus miembros con vocación de hermandad, trascendencia y de acuerdo a la metodología iniciatica,y simbólica,
PROCLAMA:
a) Su pertenencia a la Masonería Regular Universal, regulada por la Constitución de Anderson y los antiguos “Landmarks”, deberes tradiciones, usos y costumbres, derivada del reconocimiento formal efectuado por la Gran Logia Nacional Francesa por los Decretos 656 y 657, Institución Masónica depositaria de la tradición histórica de la Masonería especulativa de la Gran Logia Unida de Inglaterra procedente del siglo XVIII.
b) Su carácter tradicional e historio de orden fraternal iniciatica.
c) Su carácter en consecuencia, de sucesora a titulo universal, y por ello de heredera legitima, a todos los efectos , honoríficos, morales y jurídicos, en los derechos históricos, patrimoniales y legales de las Asociaciones e instituciones masónicas Españolas, cualesquiera que estas hayan sido o se hayan denominado en la tradición histórica del Simbolismo Español de los tres grados Iniciaticos.
c) Su reivindicación del honor personal, profesional, familiar y social de los masones que nos precedieron en la cadena fraternal de unión histórica, en esta noble “Orden de los caballeros Francmasones”, y que fueron objeto de muerte, prisión, y persecución.
DESEA:
1.- Garantizar la convivencia democrática dentro de la institución de acuerdo a las normas y tradiciones masónicas y a las normas y principios programaticos de estos estatutos a los que se ha dando en denominar CONSTITUCIÓN y de acuerdo a las leyes del Estado Español..
2.- Consolidar una Institución masónica de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad de los socios que la integran a los que se denomina Francmasones o Masones.
3.- Amparar a todos los ciudadanos sean o nó masones en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas, su religión, tradiciones, lenguas e instituciones, y proteger la diversidad y el respeto de los mismos dentro de la Institución.
4.- Promover el progreso moral del ser Humano en general y de los Masones en particular, para procurar a todos una dignidad y calidad de vida individual y social de acuerdo con los principios filosóficos tradicionales masónicos y con los contenidos en la Declaración Universal de Derechos humanos.
5.- Coadyuvar al establecimiento y mantenimiento de una sociedad Española democrática avanzada, y de progreso
6.- Promover el mejor desarrollo integral posible de los menores velando por la protección de los derechos que les son reconocidos en los tratados internacionales.
7.- Preservar el entorno natural que le ha sido dado al hombre contra todo tipo de agresión, de manera que nuestros descendientes puedan seguir disfrutando en la mejor manera posible de este planeta llamado Tierra.
8.- Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos y hombres de la Tierra sobre la base del respeto mutuo.
En consecuencia, la Gran Asamblea de la Gran Logia de España como la depositaria de todos los masones que la integran aprueban la siguiente CONSTITUCION.
27 enero 2008
24 enero 2008
Sobre el Gran Conclave, el 10% y la Asamblea Extraordinaria.
Queridos Hermanos todos:
En los últimos días vengo leyendo en el blog “La Logia de Sherwood” una objeción a la recogida de firmas para la celebración de Asamblea Extraordinaria. En síntesis señala que es absurdo recoger firmas con tal objeto por cuanto el Conclave puede bloquear la petición y negarse a acordar su celebración. Nada más lejos de la realidad como a continuación trataré de exponer, no sin antes enviar un caluroso y triple abrazo a los administradores de “El Bosque”. Comencemos pues:
Señala el artículo 12 de la Constitución de la GLE:
“La Asamblea Masónica se reunirá en Sesión Extraordinaria siempre que lo acuerde el Gran Cónclave por propia iniciativa, a propuesta del Gran Maestro ó por solicitud expresa de la décima parte, como mínimo, de sus integrantes. En todo caso será necesario reunir la Asamblea Masónica Extraordinaria, para conocer de las siguientes materias: adquisición, disposición, gravamen o enajenación de bienes inmuebles; disolución de la Gran Logia de España, así como para aprobar o rechazar propuestas regladas para la modificación de esta Constitución”
En análogos términos se manifiestan nuestros Reglamentos (lll De la Gran Asamblea, art. 3)
Distingue por tanto, además de los casos en que debe tener lugar por razón de la materia a tratar (adquisición, disposición, gravamen o enajenación de bienes inmuebles, disolución…etc), una triple posibilidad por razón del origen:
1. A iniciativa del Gran Cónclave
2. A propuesta del Gran Maestro
3. Por solicitud expresa de la décima parte, como mínimo, de sus integrantes.
Resulta obvio que en los casos 2 y 3 no es potestativo del Gran Cónclave acordar la celebración de Asamblea Extraordinaria, la solicitud del 10% de los integrantes no es un mero ruego, admonición o consejo sino que tiene un carácter imperativo viniendo obligado a ello.
Desarrollemos la idea:
En esta cuestión el Legislador Masónico no se ha apartado de lo que es común en el Derecho profano Español donde la Ley ordena que la Asamblea General debe ser convocada, por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10%.
Veamos efectivamente que dice al respecto nuestra Ley de Asociaciones (L.O. 1/2002 de 22 de marzo):
Art. 12.b: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11.3, la Asamblea General se convocará por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 %.
Es importante subrayar que este sistema no es una novedad de la Ley 1/2002 y que ya se aplicaba bajo el imperio de la derogada Ley de Asociaciones de 24 de Diciembre de 1964, si bien no se fijaba el mínimo del 10%, mínimo que era fijado por los estatutos de las distintas asociaciones.
Aun más, este sistema era igualmente seguido por la Ley de 30 de junio de 1887 que reguló por primera vez las Asociaciones en España en parca medida circunscribiéndolas a fines religiosos, politicos, científicos, artísiticos, benéficos o de recreo.
Junto a la legislación de ámbito Estatal coexiste normativa autonómica en el marco de sus respectivas competencias, estableciendo este mismo criterio. Así, a modo de ejemplo y sin ánimo de agotar la materia:
Ley 7/1997, de 18 de junio, de Asociaciones de Catalunya
Art. 13. 3. Si los estatutos no indican otra cosa, el órgano de gobierno puede convocar la asamblea general con carácter extraordinario, siempre que lo considere conveniente y debe hacerlo cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 %; en tal caso, la asamblea debe tener lugar dentro del plazo de treinta días a contar desde la solicitud de no fijar otro distinto los estatutos
Ley 4/2003, de 28 de febrero de Asociaciones de Canarias
En los últimos días vengo leyendo en el blog “La Logia de Sherwood” una objeción a la recogida de firmas para la celebración de Asamblea Extraordinaria. En síntesis señala que es absurdo recoger firmas con tal objeto por cuanto el Conclave puede bloquear la petición y negarse a acordar su celebración. Nada más lejos de la realidad como a continuación trataré de exponer, no sin antes enviar un caluroso y triple abrazo a los administradores de “El Bosque”. Comencemos pues:
Señala el artículo 12 de la Constitución de la GLE:
“La Asamblea Masónica se reunirá en Sesión Extraordinaria siempre que lo acuerde el Gran Cónclave por propia iniciativa, a propuesta del Gran Maestro ó por solicitud expresa de la décima parte, como mínimo, de sus integrantes. En todo caso será necesario reunir la Asamblea Masónica Extraordinaria, para conocer de las siguientes materias: adquisición, disposición, gravamen o enajenación de bienes inmuebles; disolución de la Gran Logia de España, así como para aprobar o rechazar propuestas regladas para la modificación de esta Constitución”
En análogos términos se manifiestan nuestros Reglamentos (lll De la Gran Asamblea, art. 3)
Distingue por tanto, además de los casos en que debe tener lugar por razón de la materia a tratar (adquisición, disposición, gravamen o enajenación de bienes inmuebles, disolución…etc), una triple posibilidad por razón del origen:
1. A iniciativa del Gran Cónclave
2. A propuesta del Gran Maestro
3. Por solicitud expresa de la décima parte, como mínimo, de sus integrantes.
Resulta obvio que en los casos 2 y 3 no es potestativo del Gran Cónclave acordar la celebración de Asamblea Extraordinaria, la solicitud del 10% de los integrantes no es un mero ruego, admonición o consejo sino que tiene un carácter imperativo viniendo obligado a ello.
Desarrollemos la idea:
En esta cuestión el Legislador Masónico no se ha apartado de lo que es común en el Derecho profano Español donde la Ley ordena que la Asamblea General debe ser convocada, por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10%.
Veamos efectivamente que dice al respecto nuestra Ley de Asociaciones (L.O. 1/2002 de 22 de marzo):
Art. 12.b: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 11.3, la Asamblea General se convocará por el órgano de representación, con carácter extraordinario, cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 %.
Es importante subrayar que este sistema no es una novedad de la Ley 1/2002 y que ya se aplicaba bajo el imperio de la derogada Ley de Asociaciones de 24 de Diciembre de 1964, si bien no se fijaba el mínimo del 10%, mínimo que era fijado por los estatutos de las distintas asociaciones.
Aun más, este sistema era igualmente seguido por la Ley de 30 de junio de 1887 que reguló por primera vez las Asociaciones en España en parca medida circunscribiéndolas a fines religiosos, politicos, científicos, artísiticos, benéficos o de recreo.
Junto a la legislación de ámbito Estatal coexiste normativa autonómica en el marco de sus respectivas competencias, estableciendo este mismo criterio. Así, a modo de ejemplo y sin ánimo de agotar la materia:
Ley 7/1997, de 18 de junio, de Asociaciones de Catalunya
Art. 13. 3. Si los estatutos no indican otra cosa, el órgano de gobierno puede convocar la asamblea general con carácter extraordinario, siempre que lo considere conveniente y debe hacerlo cuando lo solicite un número de asociados no inferior al 10 %; en tal caso, la asamblea debe tener lugar dentro del plazo de treinta días a contar desde la solicitud de no fijar otro distinto los estatutos
Ley 4/2003, de 28 de febrero de Asociaciones de Canarias
Art. 21.1 La convocatoria de la asamblea general se efectuará por iniciativa del órgano de representación o a solicitud de los asociados de acuerdo con los estatutos, sin perjuicio de la especialidad de los supuestos de disolución
Esta idea de la obligatoriedad del órgano de representación de acordar la celebración de Asamblea Extraordinaria ante la petición de un porcentaje de miembros de la misma descansa en la configuración de la Asamblea como órgano supremo de gobierno de la asociación. La Asamblea es “sagrada”, tan “sagrada” que basta que un 10% de sus miembros soliciten una Extraordinaria para que esta deba ser convocada.
El régimen interno de la Asociación establecido en el artículo 12 de la Ley de Asociaciones permite que los estatutos establezcan otra cosa al respecto (eso sí, siendo nulas las disposiciones estatutarias que desconozcan cualquiera de los aspectos del derecho fundamental de asociación), así, entiendo que en el caso que nos ocupa, podría requerirse un porcentaje distinto y no inferior al 10% siendo más que discutible la legalidad de unos estatutos que pudieran negar la obligatoria celebración de una Asamblea Extraordinaria ante la petición de un determinado número de miembros de la misma.
El artículo 12 de nuestra Constitución es suficientemente claro y acorde con nuestra legislación profana actual e histórica, no obstante, y para aquellos a los que la redacción literal del precepto planteara dudas interpretativas, debemos recordar que estas dudas deben ser resueltas de conformidad con los criterios hermenéuticos contenidos en el artículo 3º1 del Código Civil el cual caso de que el “sentido propio de las palabras” produjera dudas obliga a interpretar las normas “en relación con el contexto, antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que deben ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas” cuestiones todas estas que hemos abordado.
Volviendo al Derecho Masónico, nada hay en la redacción de los artículos analizados que permita interpretar que fue voluntad del legislador apartarse de la reglas generales que han presidido y presiden el derecho Español en esta materia, esto es: la obligatoriedad de convocatoria de Asamblea Extraordinaria por el Órgano de Representación ante la petición de un determinado número de asociados. Aún diré más: en los trabajos preparatorios de la Constitución y RRGG se estudiaron y siguieron con detenimiento las Constituciones de otras Grandes Logias como son la Gran Logia Unida de Inglaterra, la Gran Logia Nacional Francesa, la Gran Logia de Chile, la Gran Logia del Estado de Nueva York entre otras que adoptan la postura que venimos defendiendo.
Por tanto y en conclusión: nuestra Constitución y Reglamentos Generales, inspirándose en el Derecho profano de Asociaciones, y el Derecho Masónico Internacional imponen al órgano competente la obligación de acordar la celebración de Asamblea Extraordinaria ante la petición expresa de un determinado número de miembros de la misma.
Obviamente el derecho no es una ciencia exacta y se pueden forzar interpretaciones más o menos acertadas de un texto legal con uno u otro objetivo, pero cuestiones jurídicas al margen hay un dato que me llama poderosamente la atención y es el hecho de que quienes con más apasionamiento están afirmando que el Conclave no está legalmente obligado a acordar la celebración de Asamblea Extraordinaria ante la petición del 10% de los asociados, no es el GM y su entorno, sino hermanos que pretender conseguir su destitución. Desconozco los motivos, pero se quien puede resultar beneficiado de esta división de fuerzas. Pido desde aquí una reflexión respecto a la capital importancia de la unión para la consecución de objetivos.
Tras pediros disculpas por lo farragoso del escrito me vais a permitir que me despida citando a Karl Popper en “El mito del marco común”:
“Las posibilidades que encierra el futuro son infinitas. Cuando digo: ¡teneis el deber de seguir siendo optimistas!, no solo incluyo en ello la naturaleza abierta del futuro, sino también aquello con lo que todos nosotros contribuimos a él con todo lo que hacemos: todos somos responsables de lo que el futuro nos depare. Por tanto, nuestro deber no es profetizar el mal, sino más bien luchar por un mundo mejor".
Fraternalmente.
Yukio Mishima.
“Tu ne cede malis”
23 enero 2008
Confianza en el futuro
¿Quieres ser feliz por un instante? Véngate.
¿Quieres ser feliz siempre? Perdona.
Tertuliano.
(El dictador F.F. pensaba que el Hermano Tertuliano era el impresentable Pedro Sainz Rodríguez, el verdugo de la masonería, padrino de Ferrer Benimeli S.J. Evidentemente, Tertuliano era otro).
Queridos Hermanos todos:
Se ha creado (no de forma espontánea), una situación enrarecida, dispersa, rala, entre todos los que pensamos que la Gran Maestría de ILMO no es la adecuada, la conveniente, para nuestra Institución. Pero no me canso , ni me cansaré de repetir, que no es peor, ni mejor, que las anteriores. Todo es producto de la inexperiencia, de los que estamos en un lado y los que están en el otro (dependiendo del color del cristal con que miramos). Todo es producto de la ignoracia, me refiero a la ignorancia masónica; todos padecemos esa afección. Ni los que están con ILMO son más malos que la quina, ni los que no están son más buenos que el cabello de ángel.
Ahora, da la sensación que se ha descubierto América. Parece que sólo hay unos pocos que intentan cambiar (para mejor) la situación. Desde que existe Internet y algunas publicaciones valientes, la información verdadera de la Institución llega a todos los Hermanos, esta orientación ha hecho cambiar toda la mecánica de las actuaciones, afortunadamente dando entrada a muchas voces libres.
Bien, hace veinticino años que hay algunos Hermanos (no muchos, la verdad) que están en pugilato contínuo para intentar cambiar las cosas, habiendo pasado por mil situaciones, incluidas irradiaciones, no habiendo aceptado jamás ningún cargo, a pesar de las multiples ofertas de mandilones supergrandes (lo fácil hubiera sido marcharse, emulando a otros Hermanos o como Sir Busquetania y sus muchachos, todos ellos colaboradores con los anteriores G.M., que actuaban de una forma parecida a ILMO). En consecuencia, todos los que han aceptado algún cargo con cualquier anterior G.M. según el rasero actual, deberían quedar descalificados. No, si no me parece mal, pero, francamente, es inmoral.
También se organizó, se harmonizó algún grupo (según me cuentan, Montesierra), que su finalidad era cambiar las cosas y bregó con fuerza, contra ILMO, cotra Busquetania, contra Salatus y contra Sarobatus y contra toda lo que significaba menospreciar la Institución. Evidentemente, era un sueño y no consiguió sus utópicos propositos, por falta de talla, de energía, de motivación, "qui lo sa", pero lo intentó y de seguro que hay un antes y un después de Montesierra. "Errar, a veces, es de sabios".
Me cuentan que ese grupo ni perseguía, ni persigue, ningún tipo de cargo, ni mucho menos honores. Siempre ha estado en la sombra. No por crear un grupo de presión, o algo parecido. Más bien, para no ser despellejados por los propios Hermanos, como están haciendo ahora algunos, sin saber de lo que hablan.
Me cuentan que, más bien, era un órgano consultivo, sin ningún poder. Quizás algo de influencia, pero poca. Cercano a los treinta miembros, bastante sincrético, de todo el país y de un cierto nivel cultural y de alguna pequeña relevancia en el mundo profano (dependiendo como se mida).
Me cuentan que sabían del peligro de los Hermanos que no estaban en el mencionado grupo y que podían enterarse. Éstos últimos se podían sentir menospreciados y hasta manipulados, pero era la única forma de funcionar; ciertamente, eso podía crear un cierto mal estar.
Me siguen contanto, y de muy buena fuente, que la finalidad del mismo era disolverse en el momento en que la Institución estuviera en buenas manos, totalmente democratizada; es decir, en poder en las Lógias.
Resumiendo, me dicen que lo que se cuenta de dicho grupo, ni es verdad, ni responde a la realidad y que existe con anterioridad a Busquetania, y que "in illo tempore" no apoyaba a Busquetanía, pensando que pasaría lo que ha pasado.
Me dicen que, algún día, se sabrá la verdad. Seguramente ya no tardará pues, en estos momentos, dicho grupo parece no tiene motivo para existir.
Me dicen también que es posible que los que hablan mal, desde su punto de vista, tengan razón; pero a buen seguro les faltan datos.
Aunque parezca increíble, en estos momentos existen Hermanos que dicen literalmente: "Y para mí, que he sufrido prisión por luchar contra la Dictadura arriesgando mi vida, es un insulto". Se refieren, entre otras cosas, al grupito Montesierra. Si algunos presumiéramos de nuestras represiones durante la Dictadura (por Francmasones), se le caería la cara de vergúenza al susodicho que firma como "Tercera vía". Esto evidencia la discreción del grupo.
A lo que íbamos. No se puede mezclar (salvo que lo haga ILMO, que tampoco nos estrañaría - "divide y vencerás"-), Caterva-Patulea-Montesierra. No se puede intoxicar. Pero, ¿qué frutos quieren recoger así algunos? De todas maneras, ya no tiene mayor importancia.
Volviendo a Montesierra, pues es inevitable, el grupo que ataca despiadadamente a este grupo de Hermanos, ya lo advirtieron: "Iremos a por ellos; se van a enterar".
Parece, se intuye, que al final de lo que se trata es de liderar la oposición (o algo por el estilo). En los Madroñales, ya existe una gestora compuesta por Hermanos con linaje. Por otro lado, tenemos el Bosque. Por otro, lado los ilardienses y tortosinos. Por otro, los Supremos 33. Por otro, los represaliados por ILMO. Por otro, todos los que no votan. Por otro, los de Alandalus, por no decir los de las Islas Afortunadas. También están los de Compostela. No me quiero dejar a los Montesierra, ni a los salvapatrias, ni los enterados, ni los francotiradores.
Debemos comprender que, así, no hay ninguna posibilidad. Cada grupo tiene su forma de pensar y seguramente cada uno tiene su razón, su realidad. Todo el mundo ataca a todo el mundo.
Lo del que estuvo en la cárcel por luchar contra la dictadura, es la prueba del dramatismo de la desinformación, amén de la rabia y ansias de venganza.
Todas las posibilidades pueden ser buenas, que cada grupo luche con sus armas. El objetivo sólo es uno y muy dificil de conseguir: que ILMO convoque elecciones anticipadas y las pierda.
La fórmula del día uno de Marzo en Valencia..., bien. Los que piensan que es la buena, adelante, ojalá funcione. Los que piensan que es las cien firmas, adelante con ellas, y si las consiguen estupendo (nos dicen que ya tienen bastantes de britanos, que no todos los Hermanos son malos). Los que piensan que lo mejor es resistir y esperar otro momento, bien, adelante.
Lo que no es de recibo es repartir insultos, injurias, ultrajes, zaherir a todo el mundo que no piense como uno. Una vez, cuando sea, cuando ILMO no esté mandando, ya se buscarán las fórmulas en una Gran Asamblea, donde deben estar todos los Hermanos, todos, todos. Que se presenten los programas y acciones en que crea cada uno, y la más votada que se lleve a feliz término.
En estos momentos, como siempre desde hace veinticinco años, cada uno tiene su trozo de verdad. Ante la imposibilidad de una unión recordemos al Hermano represaliado. Si hay alguien capaz de unir toda la oposición, por llamarla así, que lidere el trabajo. El agradecimiento de todos sus Hermanos será eterno.
Con rabia, con venganza y comportamientos parecidos, no vamos a ninguna parte. Por eso tenemos "lo que se nos parece, lo que se nos asemeja".
Es evidente que cuando ILMO no esté, nadie debe ser represaliado. Todo el mundo debería ser acogido en el seno de la Institución. Los que se han ido deben hacer un esfuerzo y volver. Los que apoyan a ILMO, la mayor parte de ellos por ignorancia, algunos no lo dudeís de buena fé, deben seguir en la Institución con toda normaliad y fraternidad. Los tres pasados G.M. deben ayudar con su experiencia y... ¡no hay más!
Difícil de conseguir algo positivo así, pero cada uno por nuestro lado debemos intentarlo. A lo mejor, a lo peor, dentro de dos años en las elecciones normales lo conseguiremos y hoy habremos estado sembrando para recoger mañana. Y si no es dentro de dos años, será dentro de seis.
La Francmasonería lleva trescientos años funcionando. Treinta y unos años, sólo es una gota en el océano.
Fraternalmente, recibid un T.·.A.·.F.·.
¿Quieres ser feliz siempre? Perdona.
Tertuliano.
(El dictador F.F. pensaba que el Hermano Tertuliano era el impresentable Pedro Sainz Rodríguez, el verdugo de la masonería, padrino de Ferrer Benimeli S.J. Evidentemente, Tertuliano era otro).
Queridos Hermanos todos:
Se ha creado (no de forma espontánea), una situación enrarecida, dispersa, rala, entre todos los que pensamos que la Gran Maestría de ILMO no es la adecuada, la conveniente, para nuestra Institución. Pero no me canso , ni me cansaré de repetir, que no es peor, ni mejor, que las anteriores. Todo es producto de la inexperiencia, de los que estamos en un lado y los que están en el otro (dependiendo del color del cristal con que miramos). Todo es producto de la ignoracia, me refiero a la ignorancia masónica; todos padecemos esa afección. Ni los que están con ILMO son más malos que la quina, ni los que no están son más buenos que el cabello de ángel.
Ahora, da la sensación que se ha descubierto América. Parece que sólo hay unos pocos que intentan cambiar (para mejor) la situación. Desde que existe Internet y algunas publicaciones valientes, la información verdadera de la Institución llega a todos los Hermanos, esta orientación ha hecho cambiar toda la mecánica de las actuaciones, afortunadamente dando entrada a muchas voces libres.
Bien, hace veinticino años que hay algunos Hermanos (no muchos, la verdad) que están en pugilato contínuo para intentar cambiar las cosas, habiendo pasado por mil situaciones, incluidas irradiaciones, no habiendo aceptado jamás ningún cargo, a pesar de las multiples ofertas de mandilones supergrandes (lo fácil hubiera sido marcharse, emulando a otros Hermanos o como Sir Busquetania y sus muchachos, todos ellos colaboradores con los anteriores G.M., que actuaban de una forma parecida a ILMO). En consecuencia, todos los que han aceptado algún cargo con cualquier anterior G.M. según el rasero actual, deberían quedar descalificados. No, si no me parece mal, pero, francamente, es inmoral.
También se organizó, se harmonizó algún grupo (según me cuentan, Montesierra), que su finalidad era cambiar las cosas y bregó con fuerza, contra ILMO, cotra Busquetania, contra Salatus y contra Sarobatus y contra toda lo que significaba menospreciar la Institución. Evidentemente, era un sueño y no consiguió sus utópicos propositos, por falta de talla, de energía, de motivación, "qui lo sa", pero lo intentó y de seguro que hay un antes y un después de Montesierra. "Errar, a veces, es de sabios".
Me cuentan que ese grupo ni perseguía, ni persigue, ningún tipo de cargo, ni mucho menos honores. Siempre ha estado en la sombra. No por crear un grupo de presión, o algo parecido. Más bien, para no ser despellejados por los propios Hermanos, como están haciendo ahora algunos, sin saber de lo que hablan.
Me cuentan que, más bien, era un órgano consultivo, sin ningún poder. Quizás algo de influencia, pero poca. Cercano a los treinta miembros, bastante sincrético, de todo el país y de un cierto nivel cultural y de alguna pequeña relevancia en el mundo profano (dependiendo como se mida).
Me cuentan que sabían del peligro de los Hermanos que no estaban en el mencionado grupo y que podían enterarse. Éstos últimos se podían sentir menospreciados y hasta manipulados, pero era la única forma de funcionar; ciertamente, eso podía crear un cierto mal estar.
Me siguen contanto, y de muy buena fuente, que la finalidad del mismo era disolverse en el momento en que la Institución estuviera en buenas manos, totalmente democratizada; es decir, en poder en las Lógias.
Resumiendo, me dicen que lo que se cuenta de dicho grupo, ni es verdad, ni responde a la realidad y que existe con anterioridad a Busquetania, y que "in illo tempore" no apoyaba a Busquetanía, pensando que pasaría lo que ha pasado.
Me dicen que, algún día, se sabrá la verdad. Seguramente ya no tardará pues, en estos momentos, dicho grupo parece no tiene motivo para existir.
Me dicen también que es posible que los que hablan mal, desde su punto de vista, tengan razón; pero a buen seguro les faltan datos.
Aunque parezca increíble, en estos momentos existen Hermanos que dicen literalmente: "Y para mí, que he sufrido prisión por luchar contra la Dictadura arriesgando mi vida, es un insulto". Se refieren, entre otras cosas, al grupito Montesierra. Si algunos presumiéramos de nuestras represiones durante la Dictadura (por Francmasones), se le caería la cara de vergúenza al susodicho que firma como "Tercera vía". Esto evidencia la discreción del grupo.
A lo que íbamos. No se puede mezclar (salvo que lo haga ILMO, que tampoco nos estrañaría - "divide y vencerás"-), Caterva-Patulea-Montesierra. No se puede intoxicar. Pero, ¿qué frutos quieren recoger así algunos? De todas maneras, ya no tiene mayor importancia.
Volviendo a Montesierra, pues es inevitable, el grupo que ataca despiadadamente a este grupo de Hermanos, ya lo advirtieron: "Iremos a por ellos; se van a enterar".
Parece, se intuye, que al final de lo que se trata es de liderar la oposición (o algo por el estilo). En los Madroñales, ya existe una gestora compuesta por Hermanos con linaje. Por otro lado, tenemos el Bosque. Por otro, lado los ilardienses y tortosinos. Por otro, los Supremos 33. Por otro, los represaliados por ILMO. Por otro, todos los que no votan. Por otro, los de Alandalus, por no decir los de las Islas Afortunadas. También están los de Compostela. No me quiero dejar a los Montesierra, ni a los salvapatrias, ni los enterados, ni los francotiradores.
Debemos comprender que, así, no hay ninguna posibilidad. Cada grupo tiene su forma de pensar y seguramente cada uno tiene su razón, su realidad. Todo el mundo ataca a todo el mundo.
Lo del que estuvo en la cárcel por luchar contra la dictadura, es la prueba del dramatismo de la desinformación, amén de la rabia y ansias de venganza.
Todas las posibilidades pueden ser buenas, que cada grupo luche con sus armas. El objetivo sólo es uno y muy dificil de conseguir: que ILMO convoque elecciones anticipadas y las pierda.
La fórmula del día uno de Marzo en Valencia..., bien. Los que piensan que es la buena, adelante, ojalá funcione. Los que piensan que es las cien firmas, adelante con ellas, y si las consiguen estupendo (nos dicen que ya tienen bastantes de britanos, que no todos los Hermanos son malos). Los que piensan que lo mejor es resistir y esperar otro momento, bien, adelante.
Lo que no es de recibo es repartir insultos, injurias, ultrajes, zaherir a todo el mundo que no piense como uno. Una vez, cuando sea, cuando ILMO no esté mandando, ya se buscarán las fórmulas en una Gran Asamblea, donde deben estar todos los Hermanos, todos, todos. Que se presenten los programas y acciones en que crea cada uno, y la más votada que se lleve a feliz término.
En estos momentos, como siempre desde hace veinticinco años, cada uno tiene su trozo de verdad. Ante la imposibilidad de una unión recordemos al Hermano represaliado. Si hay alguien capaz de unir toda la oposición, por llamarla así, que lidere el trabajo. El agradecimiento de todos sus Hermanos será eterno.
Con rabia, con venganza y comportamientos parecidos, no vamos a ninguna parte. Por eso tenemos "lo que se nos parece, lo que se nos asemeja".
Es evidente que cuando ILMO no esté, nadie debe ser represaliado. Todo el mundo debería ser acogido en el seno de la Institución. Los que se han ido deben hacer un esfuerzo y volver. Los que apoyan a ILMO, la mayor parte de ellos por ignorancia, algunos no lo dudeís de buena fé, deben seguir en la Institución con toda normaliad y fraternidad. Los tres pasados G.M. deben ayudar con su experiencia y... ¡no hay más!
Difícil de conseguir algo positivo así, pero cada uno por nuestro lado debemos intentarlo. A lo mejor, a lo peor, dentro de dos años en las elecciones normales lo conseguiremos y hoy habremos estado sembrando para recoger mañana. Y si no es dentro de dos años, será dentro de seis.
La Francmasonería lleva trescientos años funcionando. Treinta y unos años, sólo es una gota en el océano.
Fraternalmente, recibid un T.·.A.·.F.·.
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